El dolor de cabeza de muchos ciudadanos es realizar las declaraciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por ello nunca estará de más tener claridad sobre lo que no se debe hacer al momento de realizar esta obligación.
Si te interesa despejar las dudas más habituales al respecto, sigue leyendo, pues te ayudará a saber sobre aquello que no debes de hacer en tu próxima declaración te conviene seguir leyendo.
- Pagar después de la fecha límite sin que agregues el monto correspondiente a los recargos.
- No hacer tus declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por trabajar por honorarios. Que estés registrado bajo este esquema no significa que ya hayas cumplido tus obligaciones fiscales, por lo que debes de presentar tu declaración, aquí puedes encontrar más información.
- Omitir pagos o presentar declaraciones en plazos que no corresponden: Estos pagos mensuales se tienen que hacer a más tardar los 17 del mes posterior al que pagas.
- Sólo debes deducir gastos relacionados con tu trabajo: No puedes deducir gastos que no tengan relación con tus actividades laborales. Además, es importante que sepas que la factura, recibo de honorario o de arrendamiento debe de tener tu nombre, de lo contrario no los deducirán si los presentas con el nombre de otra persona.
- Deducir honorarios médicos, dentales, hospitalarios, funerarios o donativos en tus declaraciones mensuales, es un error, ya que estos sólo aplican para personas físicas y en su declaración anual.
Evita estos errores que pueden quitarte tiempo y causar dudas en tu declaración anual.